Seis albergadas denunciaron presunta violencia sexual por Coordinador de la antes Aldea San Juan

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El INABIF (Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar, dependente del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, está en la obligación de aclarar si se han adoptado todas las acciones contra el Coordinador del Centro de Acogida Residencial (CAR) Ikaro Xobo, acusado de presunta violencia sexual contra seis adolescentes albergadas en ese lugar que antes se conocía como Aldea Infantil San Juan de Yarinacocha.

CASA DEL CANTO SANADOR

Lo preocupante es que se haya producido este hecho en un Centro que se supone es para brindar atención a niños y adolescentes, que se encuentran en situaciones de «desprotección», o alto riesgo, debido a que han sufrido malos tratos físicos o psíquicos u otras circunstancias graves que alteran su normal desarrollo.

Es decir, estos Centros se han creado para “proteger”, pero resulta que, en el caso de Ucayali, se han vulnerado los principios elementales de la protección. Y no por cualquier trabajador, sino por alguien que ocupa (u ocupaba) un cargo decisivo en el mencionado CAR Ikaro Xobo, frase del idioma Shipibo que, irónicamente, traducido al castellano significa Casa del Canto Sanador.  

MEDIDA JUDICIAL PROTECTORA

El caso ha saltado a la opinión pública porque el Juzgado de Familia de Yarinacocha, que despacha el juez Dr. Carlos Ballardo Japan, dictó medidas de protección para seis adolescentes del centro de acogida residencial Ikaro Xobo (ex aldea San Juan), luego que denunciaran actos de violencia sexual, presuntamente cometidos por Néstor Meneses Huanio, coordinador de dicho centro.

Hace un par de días, el 19 de marzo, personal de Ikaro Xobo y del Centro de Emergencia Mujer reportaron ante la Policía, agresiones sexuales en agravio de tres adolescentes de 16 años y tres adolescentes de 17 años, que señalaron como su agresor a Meneses Huanio.

Ese día, la primera adolescente contó ante la psicóloga del centro de acogida que habría sido agredida sexualmente por su coordinador. Este hecho habría ocurrido en diciembre de 2023. 

Por su parte, la segunda adolescente manifestó que el sábado 16 de marzo el denunciado le indicó que debía “sacarse la ropa completa”, para probarse la ropa que había traído para todas las chicas. Sorprendida, por el inusual pedido, ella no aceptó, por lo que Meneses Huanio le habría sujetado la cara con las dos manos con el fin de besarla. Después de poner resistencia, la adolescente se fue a su habitación.

En una diligencia del Centro de Emergencia Mujer, una tercera víctima se acercó a la abogada de una de sus compañeras para contar que el 18 de marzo 2024, a horas 18:30 aproximadamente, el coordinador se habría acercado a ella para tocarla “desde la altura del hombro hasta su cadera, quedándose varios minutos en esa posición”. 

Esta tercera víctima refirió además que, desde su ingreso como coordinador, el imputado “tenía actitudes como agarrarle la cara con ambas manos, hacerla probar ropa, pedir que dé una vuelta, tomarle fotografías con la prenda que le regalaba, rascarle la cabeza y hasta tocarle la espalda y glúteos sin su consentimiento”.

DECISIÓN JUDICIAL 

El Juez Ballardo, de inmediato dispuso medidas de protección para las seis adolescentes, porque consideró que pueden encontrarse en riesgo. El denunciado no puede acercarse o tener comunicación con las menores ni con el Centro de acogida. 

La medida del Juez, es de naturaleza protectora y no sancionadora. La investigación penal está a cargo del Ministerio Público, que puede solicitar acciones penales en función de las evidencias.

Precisamente, el INABIF debe informar qué decisiones ha adoptado en torno al Coordinador y las denuncias de las adolescentes. ¿Es probable que los casos sean más? ¿Tienen evidencia sólida de la agresión sexual?

44 ADOLESCENTES

En el centro de acogida Ikaro Xobo viven 44 adolescentes, entre varones y mujeres, que se encuentran en la condición de desprotección familiar. Se supone que, en el Centro, reciben atención en educación, salud y recreación. Estas actividades se han visto empañadas por la actuación del Coordinador.

SEGÚN LEY

En el sistema penal peruano, las medidas de protección son disposiciones judiciales que tienen como objetivo salvaguardar la integridad física, psicológica y emocional de las víctimas de delitos, así como prevenir la repetición de actos delictivos o la generación de situaciones de riesgo para las personas afectadas.

Estas medidas pueden ser dictadas en el marco de procesos penales o de otro tipo de procedimientos judiciales, y su aplicación está dirigida a personas que han sido víctimas de violencia, abuso, acoso, amenazas u otros delitos, así como a sus familiares o personas allegadas que puedan estar en situación de vulnerabilidad.

ABANDONO Y AGRESIÓN

En diciembre de 2021, cuando la Defensoría del Pueblo realizó una supervisión de lo que era todavía la Aldea infantil San Juan, constató, que, de las 65 personas residentes, había 19 con discapacidad, vulnerables, que no vivían en condiciones dignas e incluso se registró una denuncia por violencia sexual contra una menor de 12 años con retardo mental leve, por otro residente. Ante el desastre administrativo, el GORE Ucayali tomó la decisión de transferir por completo la administración del CAR Aldea Infantil San Juan de Yarinacocha al INABIF.

DATAZO:

El 3 de octubre 1987 se creó la Aldea Infantil San Juan de Yarinacocha. En 1997 fue transferida al gobierno regional de Ucayali. Después en el 2022, retornó a la administración del INABIF.

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