Osinergmin sancionó a empresa Electro Ucayali con una multa de más de S/. 490 mil.

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POR INCUMPLIR METAS DE SUBSANACIÓN DE DEFICIENCIAS ELÉCTRICAS

Lo normal era ver que Electro Ucayali sancione a sus usuarios por incumplir las normas o por retrasarse en el pago. Pero esta vez, a la empresa de energía eléctrica le tocó pagar una sanción por incumplir metas de subsanación de deficiencias eléctricas en el año 2017. Tras un largo proceso administrativo que incluso llegó al poder judicial, Electro Ucayali tuvo que pagar la totalidad de la multa: 984 470 soles. Pero allí no quedó el tema. La Contraloría realizó un control posterior y encontró que si Electro Ucayali hubiera reconocido que no cumplió la meta, su multa se habría reducido en 50%, por lo que al resistirse a reconocer su responsabilidad, habría perjudicado los intereses del Estado con 492 085 soles. La Contraloría ha recomendado a la Procuraduría que inicie acciones civiles contra 4 funcionarios a los que responsabiliza por esta afectación a una empresa del Estado.

La Contraloría, en el informe de control especifico N° 011-2023-2-4236-SCE llegó a la conclusión que funcionarios y/o servidores perjudicaron a Electro Ucayali al realizar acciones que derivaron en el pago de una multa impuesta por OSINERGMIN por el monto de 984 170.00 soles, cuando, si se hubiesen acogido a los beneficios de reconocer la sanción, pudieron haber pagado menos. Esta situación afectó a Electro Ucayali con 492 085.00 soles.

LA MULTA

Todo comenzó cuando, tras un trabajo de supervisión e inspección de campo de las instalaciones de distribución eléctrica por seguridad pública, el OSINERGMIN emitió el 24 de agosto de 2017 el informe de supervisión N° SUP1700065-2017-08-06, a través del cual informa a Electro Ucayali S.A. las observaciones encontradas en el proceso de supervisión. Se habían encontrado deficiencias en instalaciones de baja tensión y conexiones eléctricas.

Electro Ucayali remitió sus descargos, pero éstos no desvirtuaron las deficiencias.

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Comunicado de OSINERGMIN

Entonces OSINERGMIN comunicó a Electro Ucayali S.A. el inicio del procedimiento sancionador, que según el informe de instrucción N° 327-2018-OS/OR PUCALLPA, había cometido infracción administrativa por: «No cumplir las metas anuales de subsanación de deficiencias en instalaciones de baja tensión y conexiones eléctricas para el año 2016, establecidas conforme al numeral 7.2 del procedimiento, excediendo las tolerancias indicadas en el numeral 3.1 de la Escala de Multas en referido Procedimiento». (. ..)

OSINERGMIN también comunicó a Electro Ucayali que, de acuerdo al literal g.1) del numeral 25.1 del artículo 25° del Reglamento de Supervisión, Fiscalización y Sanción de las Actividades Energéticas, hay atenuante si iniciado un procedimiento administrativo sancionador el infractor reconoce su responsabilidad de forma expresa y por escrito. Si reconoce responsabilidad hasta la fecha de presentación de descargos al inicio del procedimiento administrativo sancionador, la multa se reduce al 50%. En otros casos se reduce en 30 y 10%.

Pero lejos de aceptar su responsabilidad, Electro Ucayali decidió cuestionar el procedimiento y la multa.

Tras un largo camino de apelación y de llegar al poder judicial mediante un proceso contencioso administrativo, Electro Ucayali perdió el proceso. Y, entonces tuvo que pagar la multa íntegra, es decir los 984 170 soles. El pago lo fraccionó en cinco cuotas.

La Contraloría General de la República, entonces inició un control posterior y encontró que, si Electro Ucayali se hubiese acogido a los beneficios atenuantes, no se habría perjudicado en el desembolso de 492 085 soles. Eso, según Contraloría, significa que no cautelaron los intereses del Estado.

Para la Contraloría, serían cuatro funcionarios los que deben asumir sus responsabilidades. Y, en su única recomendación al Procurador Público de la Contraloría General de la República, le pide “Dar inicio a las acciones legales civiles contra los funcionarios y servidores públicos comprendidos en los hechos con evidencias de irregularidad del presente “lnforme de Control Especifico”.

Los funcionarios involucrados son: Efraín Ramos Tacza, jefe de comercialización; Edinson Herbert Guerra Mezarino, supervisor de Servicio al Cliente; Isaías Ricardo Barrera Gutiérrez, jefe del departamento de Distribución; y Hubert James Tacurí Caparachín, supervisor de Operación y Mantenimiento en el departamento de Distribución. Ellos suscribieron los descargos iniciales sin promover el reconocimiento explícito de responsabilidad, a pesar de tener conocimiento del incumplimiento. El informe de la Contraloría detalla sus responsabilidades.

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ELECTRO UCAYALI: MULTA IRRAZONABLE

Quispe Lima también agregó que la empresa optó por «judicializar la multa por un mejor resultado» y expresó su desacuerdo con la postura de OSINERGMIN. A pesar de sus esfuerzos por impugnar la multa, ésta fue finalmente ratificada, lo que llevó a la empresa a agotar todas las vías legales y finalmente realizar el pago.

Argumentos de Electro Ucayali

Electro Ucayali argumenta que el análisis del OSCI (Organismo Supervisor de la Contraloría) se centró en el perjuicio económico y no en la responsabilidad administrativa. Para Electro Ucayali, sus funcionarios cumplieron con sus deberes adecuadamente. Si hubieran pagado la multa desde el principio, consideran que el enfoque y el resultado habrían sido diferentes. “¿Qué pasaría si hubiéramos pagado la multa? El criterio hubiera sido diferente, porque pagaste y no judicializar”, agregó Frank Quispe.

La controversia administrativa ha sido zanjada con el pago de la multa, pero aún falta conocer las acciones judiciales, de carácter civil, que demandará la Procuraduría de la Contraloría. Ese será otro capítulo de este tema.

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