Condenan a 30 años de ‘cana’ a hombre

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Condenan a 30 años de ‘cana’ a hombre

El Juzgado Penal Colegiado Permanente de la Corte Superior de Justicia de Ucayali sentenció a 30 años de pena privativa de la libertad a Kike John Mori Franco de 35 años de edad, quien lo encontró culpable del delito de violación sexual de menor de edad, en agravio de una adolescente de 13 años, a quien señaló como su enamorada.

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El Ministerio Público refirió que Kike John Mori Franco era vecino de la víctima; “siempre la molestaba” cuando salía a comprar. Fue el 5 de febrero de 2019, cuando el ahora sentenciado le propuso que sea su enamorada, teniendo pleno conocimiento de su edad y del año de estudios que la menor cursaba.

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Según la tesis fiscal, casi dos semanas después, el sentenciado le invitó a pasear por diversos lugares llevándola a un conocido centro comercial y posteriormente a la casa de una compañera de colegio. Por la noche, recogió a la adolescente y la llevó a un hospedaje ubicado en el distrito de Yarinacocha, en donde mantuvo relaciones sexuales ‘consentidas’ con ella.

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Sin embargo, el consentimiento en el caso de una persona menor de 14 años no puede considerarse como tal, porque no tiene capacidad para expresar consentimiento de su libertad sexual. El Código Penal, en su artículo 173, protege la indemnidad o intangibilidad sexual de las personas menores de 14 años: la indemnidad sexual es el derecho que tienen las personas menores de edad y personas con discapacidad a no sufrir interferencias en la formación de su propia sexualidad.

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La Corte Suprema de la República en el R.N. N° 415-2015, Lima Norte, dice que el consentimiento de la menor no excluye la responsabilidad del imputado; además, independientemente si se produjo o no daño psicológico, la persona de la mencionada escala etaria no puede disponer libremente de su sexualidad, esto obliga a todas las personas a respetar el citado bien jurídico, de no ser así, podrían ser sentenciados hasta con cadena perpetua.

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